IU Sevilla Info 28.03.2020

Valora este artículo
(5 votos)

Resumen diario con datos, propuestas, iniciativas en marcha y noticias relacionadas con la crisis sanitaria en nuestra provincia, así como información oficial y novedades legislativas publicadas por el Gobierno central.

1. ESTADÍSTICAS ACTUALIZADAS

Provincia de Sevilla: Datos actualizados a 28.03.2020 a las 14,00 h. (Fuente: Consejería de Salud y Familias).

  • Total casos de coronavirus detectados: 830 (+122). 
  • Total muertes: 26 (+1).
  • Total personas hospitalizadas:  383 (+54).
  • Total personas con seguimiento activo en casa: 421 (+67).

Andalucía: Datos actualizados a 28.03.2020 a las 14,00 h. (Fuente: Consejería de Salud y Familias).

  • Positivos: 4.277 (+484)
  • Total personas hospitalizadas: 2.106 (UCI: 172)
  • Total personas con seguimiento activo en casa: 1.996
  • Total muertes: 175 (+31).

España: Datos actualizados a 27.03.2020 a las 20,00 h. (Fuente: Ministerio de Sanidad https://covid19.isciii.es/).

  • Total casos de coronavirus detectados: 72.248.
  • Hospitalizadas: 40.630.
  • Total muertes: 5.690.
  • Total personas curadas: 12.285.

2. ACTUALIDAD MUNICIPAL

3. ACTUALIDAD SUPRAMUNICIPAL 

4. INFORMACIÓN OFICIAL: NOVEDADES

  • La Dirección General de Derechos de los Animales en coordinación con el Ministerio de Sanidad y las administraciones locales han emitido recomendaciones para cumplir con la necesaria cuarentena y garantizar el bienestar animal. Pueden verse:
  • Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19: Enlace a la publicación en el BOE https://bit.ly/2QQdtM2   

Resumen:

  1. No se puede despedir durante el Estado de Alarma por causas derivadas del Covid-19. La disposición se aplicará desde hoy mismo.
  2. En el RD-ley del 17 se establecen dos procedimientos de ERTE: fuerza mayor y causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en los artículos 22 y 23 respectivamente. El efecto para las trabajadoras es el mismo, simplemente contemplan diferentes causas para la empresa.
  3. Todas las personas afectadas podrán cobrar el desempleo aunque no haya cotizado el periodo mínimo para ello.
  4. Al término de esta emergencia el contador de paro se pondrá a cero para el trabajador o trabajadora, es decir, que este cobro no se tendrá en cuenta en el periodo de cálculo de posibles prestaciones futuras, será como si no se hubiera producido. Por ejemplo, si uno de los trabajadores afectado por un ERTE tuviera que pedir el desempleo dentro de un año, se considerará que no “ha gastado” esta prestación durante el ERTE por coronavirus.
  5. Toda empresa que haga un ERTE se beneficiará de la bonificación de las cotizaciones sociales. Si la empresa tiene menos de 50 trabajadores, la cotización por los contratos suspendidos y las jornadas reducidas es cero. Si tiene más de 50 trabajadores, únicamente tendrán que cotizar un 25%.
  6. Se simplifican los trámites para los ERTES para que se puedan activar de forma inmediata.
  7. A todo trabajador temporal al que se aplique un ERTE de forma inmediata se le paralizará el tiempo de contrato restante que no correrá durante la vigencia del periodo del Estado de Alarma.
  8. La prestación de desempleo en todo caso se calcula exactamente igual que de forma ordinaria de acuerdo a la base reguladora del trabajador o trabajadora y por tanto incluirá supuestos de hijos e hijas a cargo. A efectos de calcular las cuantías máxima y mínima de la prestación por desempleo se consideran a cargo los hijos menores de 26 años o mayores con una incapacidad en grado igual o superior al 33 por 100 que carezcan de rentas iguales o superiores al SMI, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias y convivan con el interesado.
  9. Se dota a la Inspección de Trabajo de nuevas herramientas para revisar los expedientes de regulación de empleo que se ponen en marcha y detectar fraudes. Los empresarios que cometan fraude serán sancionados y deberán devolver la prestación cobrada por sus trabajadores y trabajadoras.

Desde el Ministerio de Trabajo se siguen analizando y proponiendo medidas que incrementen este marco de protección.

De igual modo, el SEPE tiene habilitados sus canales de consulta y tramitación reforzados con más de 1000 contrataciones para atender las situaciones a la mayor brevedad posible.

Información útil para los ciudadanos sobre las medidas adoptadas por los Ministerios con motivo del estado de alarma. Enlace: https://bit.ly/2WLXfrf  

5. CÓDIGO ELECTRÓNICO NORMATIVO ACTUALIZADO

Código Electrónico de Normas publicadas durante la crisis sanitaria https://bit.ly/2ydStZb

Sábado, 28 Marzo 2020 16:09

Medios